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CD explica al país proceso compra se realiza apegado a la Ley 340-06

by Redacción
27 mayo, 2014
in Destacadas, Nacionales
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Santo Domingo.- Todo  proceso de compra en la Cámara de Diputados se realiza apegado a la ley 340-06 y su reglamento de aplicación No. 543-12.

La organización, conducción y ejecución del procedimiento está a cargo del Comité de Compras y Contrataciones, el cual está conformado por cinco miembros, por mandato de la normativa legal.

Para participar un proceso de compras existen varios requisitos, entre ellos el más imprescindible es que  esté registrada como Proveedor del Estado en el órgano Rector que es la Dirección General de Contrataciones Públicas y que la razón social se corresponda con el objeto contractual.

Esto quiere decir que en su registro de proveedores exista el rubro al que corresponde el artículo que se va a comprar y que puede contener distintos desde alimentos y bebidas, hasta electrodomésticos y enseres del hogar, pintura, ferretería y otros.

En el proceso, todos los casos de las empresas tienen registrado el rubro artículos del hogar. No hay posibilidad de adjudicar a una empresa que no tenga su registro conforme a lo explicado porque todas las compras de la Institución se hacen, a través del Sistema Integrado de  Gestión  Financiera (SIGEF) y este no permite iniciar un proceso si la empresa no  está debidamente registrada.

Todos los artículos adquiridos por la Cámara de Diputados, mediante la licitación pública, están listados en el  Registro de Proveedores de las 19 empresas adjudicatarias, como pueden verificar en los documentos anexos.

Cualquier ciudadano puede entrar a la Dirección General de Compras y Contrataciones y al Registro de Proveedor del Estado  y verificar que las empresas,

utilizando sus respectivos Registro Nacional del Contribuyente RNC,  tienen dentro de sus ofertas el rubro “artículos del hogar”.

Cada empresa que participa del proceso puede designar una o varias personas para representarla en un proceso específico y determinado y la transitoriedad o no de esta representación es facultad de la empresa. Para ello existe un formulario estándar elaborado por la Dirección General de Contrataciones Públicas.

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