Santo Domingo.-La Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) recibió los días 6 y 19 de julio de este año un pliego de documentos contentivos de ocho extensos volúmenes en los que el Consorcio Odebrecht-Tecnimont-Estrella presenta requerimientos adicionales a lo previamente contratado para la construcción de la Central Termoeléctrica Punta Catalina.
De inmediato, los equipos técnicos de la CDEEE, la firma Stanley Consultants, quienes son los Ingenieros Supervisores de la Obra y la Unidad Ejecutora de Proyectos, procedieron a la evaluación de los requerimientos, cuyo monto alcanza los US$708 millones, monto que exige en forma adicional a los US$1,945 millones que establece el contrato de Ingeniería, Procura y Construcción.
AVANCE DE LA OBRA
Hasta el 31 de julio de este año, los trabajos de construcción de la Central Termoeléctrica Punta Catalina están avanzados en un 80%, promedio que resulta de los avances de cada área contractual (Ingeniería: 99%; Procura: 98%; Construcción: 55%).
En este momento en las labores de construcción de la obra hay aproximadamente 7,300 trabajadores de distintas especialidades técnicas y profesionales.
A la fecha, la inversión del Gobierno dominicano en la central termoeléctrica asciende a US$1,614 millones.
En forma resumida, podemos decir que los reclamos del Consorcio Odebrecht-Tecnimont-Estrella se dividen en dos puntos globales:
- Aspectos relacionados con el cronograma de construcción y posible extensión de plazos de terminación de la obra, por la suma de US$542.6 millones.
- Modificaciones incurridas en el proyecto por situaciones surgidas en el proceso y que no fueron contempladas previamente, por la suma de US$165.6 millones.
El pasado viernes 18 de agosto, dentro del plazo contractual establecido, la CDEEE respondió por escrito al Consorcio Odebrecht-Tecnimont-Estrella que no acepta ninguno de los reclamos que le fueron sometidos en los requerimientos, por lo que el Gobierno Dominicano no está en la disposición de pagar ni un solo centavo adicional al monto que se origina de la aplicación estricta del contrato, en el entendido de que éste es un Contrato EPC que implica que la empresa constructora asume los riesgos del proceso.
Esta institución mantiene su compromiso de trabajar para que la obra energética concluya satisfactoriamente, por lo que dispone de los recursos necesarios para cubrir los costos de construcción originalmente acordados.



