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Montalvo defiende modificación a ley de lavado de activos

by Redacción
23 mayo, 2017
in Destacadas, Nacionales
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Montalvo defiende modificación a ley de lavado de activos
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En medio de críticas a la modificación que el Senado de la República le hiciera a la ley de lavado de activos, que deja fuera las bancas de loterías y de apuestas como sujetos obligados no financieros, el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, sale a la defensa de la iniciativa y dice que “representa un gran avance contra el crimen y la impunidad”.“Con esta nueva ley, cualquier funcionario público que se enriquezca ilegalmente en el ejercicio de sus funciones podrá ser perseguido también en el marco del lavado de activos, lo mismo que aquellas empresas que se enriquezcan mediante fraude fiscal o la depredación del medio ambiente”, apuntó.

Montalvo aclaró, además, que las bancas de apuestas y juegos de lotería no se han excluido del ámbito de aplicación de la ley, ya que según expresó “toda persona física y jurídica, sin importar el sector al que pertenezca, puede ser perseguida y condenada penalmente en caso de incurrir en delitos precedentes o lavado de activos”.

“El banquero de apuestas o lotería que se dedique a blanquear dinero sucio, en la ley actual y en la nueva, puede ser sometido por lavado de activos”, subrayó.

El funcionario explicó que en el Senado no se incluyeron como nuevos sujetos obligados las bancas de apuestas y loterías, debido a que el estándar del Grupo Acción Financiera Internacional (GAFI) establece solo a los casinos y en caso de que sus clientes hagan operaciones superiores a tres mil dólares. Por esta razón, ni en la ley anterior ni en la nueva ley están como sujetos obligados.

“No obstante, cuando un propietario o ejecutivo de una banca de apuestas hace algún tipo de operación bancaria o inmobiliaria se le debe realizar una debida diligencia ampliada, como indican las recomendaciones del Grupo Acción Financiera Internacional, debido al riesgo vinculado al alto movimiento de efectivo a sus actividades”.

Sin embargo, en el proyecto de ley sometido por el Poder Ejecutivo sí lo incluía como sujetos obligados no financieros. En el artículo 33 acápite a dice que: los casinos de juego, juegos de azar, bancas de lotería o apuestas.

La iniciativa, que busca modificar la ley 72-02, sobre lavado de activos provenientes del tráfico ilícito de drogas, del 7 de junio del 2002, fue sometida el pasado mes de febrero por el Poder Ejecutivo y busca alinear la normativa local con 40 nuevas recomendaciones del GAFI en materia de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, así como para fortalecer los mecanismos de prevención y combate a estas acciones ilícitas.

Modificación del Senado

El pasado viernes, el Senado de la República aprobó en segunda lectura y con modificaciones dicho proyecto.

Las modificaciones fueron a los artículos 2; 33; 36; 38; 67; 100 y 101 del proyecto, sometidas por el senador Charles Mariotti Tapia.

“Primero, no es un estándar de grupo de Acción Financiera Internacional, en la praxis hay más de 30 mil bancas de apuestas en el país y las que no están registradas “nadie sabe”, dijo Mariotti. En ese sentido, el senador expuso que es totalmente inmanejable, “no hay manera de darle seguimiento a 50 mil bancas”, al tiempo que pidió al pleno aprobar la modificación a dichos artículos.

De esta forma, del artículo 33, sobre sujetos obligados no financieros, quedaron: los casinos de juego, empresas de factoraje, agentes inmobiliarios, comerciantes de metales preciosos, piedras preciosas y joyas, las sociedades o profesionales, como los abogados, notarios, contadores (cuando se disponen a realizar transacciones o realizan transacciones para sus clientes, sobre actividades como venta o compra de inmuebles).

También son sujetos obligados no financieros, las casas de empeños, empresas constructoras, las zonas francas y aduaneras.

La pieza ahora deberá pasar a la Cámara de Diputados para su aprobación.

Sujetos obligados no financieros

De acuerdo a la legislación, se consideran sujetos obligados no financieros las personas físicas o jurídicas que ejerzan otras actividades profesionales, comerciales o empresariales que por su naturaleza son susceptibles de ser utilizadas en actividades de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. –

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