Autoridades gubernamentales y el sector privado crearon el Observatorio de Vigilancia en la Aplicación de Pesticidas y disponen un plazo de 60 días para que las etiquetas o rotulados de los productos utilizados para el control de plagas, en lugares cerrados y sus alrededores, de uso doméstico, industrial, comercial, de servicio y otras instalaciones, esté en idioma español y en letra legible.
Altagracia Paulino, directora ejecutiva del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor, Pro Consumidor junto a la doctora Karina Mena, del Ministerio de Salud Pública; licenciada Kenia Féliz, del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Ingeniero Emigdio Gómez, del Ministerio de Agricultura; Rafael Lozano, de la Asociación Nacional de Manejos de Plagas Urbanas (ANMPU); ingeniero Rafael Pereyra del Centro de Producción Más Limpia de la República Dominicana (CPMLRD) y el ingeniero Henry Monsanto, de la Asociación de Fabricantes, representantes e importadores en productos para la Producción de Cultivos (AFIPA) realizaron una Declaración de Compromiso mediante el cual declararon de alto interés el uso seguro de los plaguicidas.
Plantean la profesionalización y el control de los servicios comerciales en el manejo estructural de plagas en lugares cerrados, sus alrededores, uso doméstico, industrial, comercial y de servicio con el objetivo de preservar el medio ambiente y la salud de la población. En la declaración de compromiso disponen que las empresas, profesionales y técnicos que ofrecen al público servicios comerciales de control estructural de plagas estén legalmente habilitados por los órganos gubernamentales u oficiales correspondientes, para brindar al público ese servicio. “Esas empresas deben contar con el registro, permiso sanitario y carta de no objeción y la constancia ambiental, expedidos por los Ministerios de Agricultura, Salud Pública y Medio Ambiente y Recursos Naturales, respectivamente”.
Establecen un plazo de 60 días a partir de la publicación de esta declaratoria de compromiso, para que el etiquetado o rotulado de los productos utilizados para el control estructural de plagas, esté en idioma español y en letra legible. Asimismo, disponen que toda persona física o jurídica que solicite permiso para realizar servicios de control estructural de plagas debe recibir obligatoriamente los entrenamientos requeridos por cada Ministerio, previo al otorgamiento del permiso y que en el caso de solicitudes de permiso para efectuar tratamientos de fumigación (gasificación), deben estar habilitadas mediante certificado de entrenamiento específico para esta práctica, por el Ministerio de Agricultura.

