{"id":51467,"date":"2016-06-13T15:07:37","date_gmt":"2016-06-13T15:07:37","guid":{"rendered":"http:\/\/informativoaldia.com\/v2\/?p=51467"},"modified":"2016-06-13T15:07:37","modified_gmt":"2016-06-13T15:07:37","slug":"revelan-ley-de-armas-contempla-penas-40-anos-y-configura-nuevos-delitos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/informativoaldia.com\/?p=51467","title":{"rendered":"REVELAN LEY DE ARMAS CONTEMPLA PENAS 40 A\u00d1OS Y CONFIGURA NUEVOS DELITOS"},"content":{"rendered":"<p>El presidente del Observatorio del Sistema de Justicia Dominicano, afirm\u00f3 que el proyecto de ley de armas, aprobado recientemente por la C\u00e1mara de Diputados en dos sesiones consecutivas, de ser convertido en ley, complicar\u00eda sobre manera la situaci\u00f3n jur\u00eddica del uso, el porte y la tenencia de armas cuyos derechos se perder\u00edan f\u00e1cilmente, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n en la violaci\u00f3n de varios de sus art\u00edculos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>No obstante, Cesar Amadeo Peralta, salud\u00f3 que la iniciativa contemple el endurecimiento y aumento de penas en la comisi\u00f3n de delitos donde se vean envueltas armas de fuego en condici\u00f3n de ilegales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u201cEsta nueva ley en su art\u00edculo 65, traer\u00e1 nuevas figuras jur\u00eddicas que no existen en la legislaci\u00f3n actual y repite algunas como por ejemplo: A) el delito de posesi\u00f3n ilegal de armas de fuego, tendr\u00e1 prisi\u00f3n de 3 a 5 a\u00f1os, multas de 50 salarios m\u00ednimos y la confiscaci\u00f3n del arma; B) cualquier persona que le quite la vida a otra para cometer robo con violencia, poseyendo un arma de fuego ilegal ser\u00e1 castigada con una pena de 40 a\u00f1os de prisi\u00f3n , as\u00ed como quien cometiendo un robo con un arma ilegal provoque heridas que causen lesi\u00f3n permanente ser\u00e1 condenado a 30 a\u00f1os de prisi\u00f3n y si la herida no causa lesi\u00f3n permanente se impondr\u00e1 la pena de 20 a\u00f1os de prisi\u00f3n, tambi\u00e9n cualquier persona que use un arma de fuego ilegal para llevar a cabo un secuestro ser\u00e1 sancionado con 40 a\u00f1os de c\u00e1rcel y las personas que se compruebe han formado una asociaci\u00f3n de malhechores y portaren armas de fuego ilegales ser\u00e1n sancionados con 30 a\u00f1os de c\u00e1rcel\u201d Puntualiz\u00f3 Amadeo Peralta.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El presidente del Observatorio del Sistema de Justicia Dominicano, se\u00f1al\u00f3 que entre las muchas innovaciones que contendr\u00eda la nueva ley, es que establece tener m\u00e1s de 30 a\u00f1os como edad m\u00ednima para optar por un permiso para portar armas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u201cAdem\u00e1s el solicitante tendr\u00e1 que depositar una declaraci\u00f3n jurada notariada donde deber\u00e1 declarar la circunstancias objetivas que justifiquen la necesidad de porte o tenencia de un arma de fuego y establecer en el mismo documento que conoce la ley de armas, as\u00ed como contratar un seguro de responsabilidad civil para los eventuales da\u00f1os y perjuicios por el uso de armas de fuego que abarcara el mismo periodo de la renovaci\u00f3n, adem\u00e1s deber\u00e1 justificarle al Ministerio de Interior y Polic\u00eda que la persona se encuentra al d\u00eda en el pago de sus impuestos fiscales en la DGII, todo esto en adici\u00f3n a los requisitos actualmente establecidos\u201d Apunt\u00f3 el Jurista.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Precis\u00f3, que otro punto importante de la iniciativa es que no le ser\u00e1n emitidos permisos para el porte de armas o le ser\u00e1n revocados a las personas contra la que exista un sometimiento a la justicia, as\u00ed como una orden de alejamiento o de restricci\u00f3n vigente emitida por el Ministerio P\u00fablico o un Juez competente, como tampoco a ninguna persona que se le haya impuesto una medida de coerci\u00f3n por una infracci\u00f3n penal relacionada con violencia dom\u00e9stica o intrafamiliar u otro hecho violento que involucre una sanci\u00f3n de un a\u00f1o de prisi\u00f3n o m\u00e1s.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Agreg\u00f3 que toda persona sobre la que pese una orden de arresto pendiente de ejecuci\u00f3n o que haya sido declarado en rebeld\u00eda en la justicia en virtud de lo que prev\u00e9 el art\u00edculo 100 del C\u00f3digo Procesal Penal, le estar\u00e1 prohibido el uso de armas, as\u00ed como toda persona que se compruebe que abuse de manera habitual de bebidas alcoh\u00f3licas,\u00a0 de igual modo tendr\u00e1n prohibici\u00f3n para el uso de armas todos los ex miembros de las Fuerzas Armadas o de la Polic\u00eda Nacional que hayan sido dados de baja de manera deshonrosa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Explic\u00f3 que quedar\u00e1 prohibido el porte de armas en lugares de expendio y consumo de bebidas alcoh\u00f3licas, as\u00ed como la exhibici\u00f3n de la misma y que seg\u00fan el art\u00edculo 64 de la normativa ninguna persona que haya sido condenada a una pena de prisi\u00f3n de m\u00e1s de un a\u00f1o, no podr\u00e1, \u00a0importar, adquirir, poseer o disponer de veh\u00edculos blindados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El pasado mi\u00e9rcoles, la C\u00e1mara de Diputados declar\u00f3 de urgencia y aprob\u00f3 en dos sesiones consecutivas el proyecto de ley para el control y regulaci\u00f3n de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados. Ahora la iniciativa pasar\u00e1 al Senado de la Republica para su discusi\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>Otras disposiciones del Proyecto.<\/b><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ser\u00e1 condenando a prisi\u00f3n de 10 a 20 a\u00f1os mas el decomiso de todos sus bienes muebles e inmuebles y a una multa de 50 a 75 salarios a todo el que sea condenado por el delito de trafico il\u00edcito de armas, previsto en el articulo 67 y que le seria impuesto a cualquier persona que importe, exporte, venda, adquiera, entregue, traslade, transporte o transfiera armas de fuego, sus piezas, componente o municiones desde fuera del pa\u00eds o a trav\u00e9s de territorio nacional en violaci\u00f3n a la presente ley y ser\u00e1 acusado del delito de trafico il\u00edcito de armas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Otro delito nuevo ser\u00e1 el de falsificaci\u00f3n o alteraci\u00f3n de armas de fuego que en su articulo 68 contempla prisi\u00f3n de 4 a 10 a\u00f1os y multas de 4 a 10 salarios, a la persona que falsifique, altere, elimine o le modifique el sistema de acci\u00f3n a cualquier arma o que le borre las marcas de fabrica, el # de serie, le cambie el ca\u00f1\u00f3n o altere las huellas bal\u00edsticas registradas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Destaca el abogado Amadeo Peralta que otro delito nuevo contemplado en articulo 69 seria el delito de tenencia y uso de armas de las Fuerzas Armadas y la Polic\u00eda la cual establece prisi\u00f3n de 4 a 10 a\u00f1os y multa de 4 a 10 salarios para cualquier persona que comercialice, fabrique, exporte, importe, tenga en almac\u00e9n cualquier arma de fuego o municiones de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas y la Polic\u00eda Nacional y de otros cuerpos de seguridad del Estado como explosivos y sus accesorios o pertrechos militares.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cualquier funcionario de cualquier rango o categor\u00eda que preste un arma y que sea usada para la comisi\u00f3n de un delito ser\u00e1 castigado con 20 a\u00f1os de prisi\u00f3n y establece tambi\u00e9n que el funcionario publico que le asigne un arma de fuego a un civil sin importar el tipo de formas que se utilice en la asignaci\u00f3n ser\u00e1 condenado a una pena de 3 a 5 a\u00f1os de prisi\u00f3n y la cancelaci\u00f3n de sus funciones, en opini\u00f3n del jurista Amadeo Peralta esto se trata de una prohibici\u00f3n de los antiguos \u201cformularios 25\u201d y que har\u00e1 que deban ser recogidas y devueltas todas las armas amparadas bajo esta modalidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Otro delito nuevo ser\u00e1 el delito de acopio o almacenamiento de armas de fuego, previsto en el articulo 70 con prisi\u00f3n de 10 a 20 a\u00f1os y multas de 10 a 20 salarios para toda persona que guarden o almacenen armas de fuego de cualquier \u00edndole, caso este muy usado en muchas compraventas y casas de empe\u00f1os.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Otro delito nuevo lo establece el articulo 73 y es el delito de imprudencia y facilitaci\u00f3n para la legitimaci\u00f3n de capitales provenientes de actos contrarios a esta ley con prisi\u00f3n de 10 a 20 a\u00f1os y multas de 10 a 20 salarios, para cualquier funcionario sea publico o privado, que imprudentemente facilite la legitimaci\u00f3n de capitales o activos provenientes del trafico il\u00edcito de armas de fuego, sus accesorios o materiales relacionados y de manera accesoria ser\u00e1 condenado a la inhabilitaci\u00f3n especial para ejercer su profesi\u00f3n, oficio, industria, comercio o actividad relacionada con el delito por un periodo de 5 a\u00f1os, lo que en opini\u00f3n del jurista Amadeo Peralta, esta pena le podr\u00eda ser aplicable a cualquier funcionario bancario, due\u00f1os de financieras, casinos, dealers y otras entidades comerciales que a veces son vistas como v\u00edas para el blanqueo de capitales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El otro delito nuevo previsto en el articulo 74 ser\u00e1 el delito de fabricaci\u00f3n ilegal de armas de fuego con penas de 10 a 20 a\u00f1os de prisi\u00f3n, de 10 a 20 salarios m\u00ednimos y el decomiso de todos los medios y bienes materiales, muebles e inmuebles utilizados para la fabricaci\u00f3n aplicables a cualquier persona que fabrique de forma ilegal partes, componentes, artefactos o accesorios para armas de fuego, blindajes, armas qu\u00edmicas, biol\u00f3gicas, radioactivas, o sustancias y materiales destinados para la elaboraci\u00f3n de estos y los que fabriquen rayos laser de uso exclusivo de las FFAA o de la PN, los que fabriquen silenciadores o cualquier cosa que reduzca la detonaci\u00f3n de un arma de fuego, el cual en opini\u00f3n del jurista seria aplicable a las personas que fabrican armas caseras de las denominadas \u201cchagon\u201d utilizadas siempre para la comisi\u00f3n de delitos y de igual modo ser\u00e1n sancionados con prisi\u00f3n de 1 a 3 a\u00f1os los que fabriquen cualquier tipo de armas qu\u00edmicas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En su articulo 79 proh\u00edbe el porte de armas de agentes de la FFAA y la PN vestidos de civil exhibiendo armas sin su debida identificaci\u00f3n oficial o placa de la instituci\u00f3n a la que pertenece y podr\u00edan ser sancionados con prisi\u00f3n de 1 d\u00eda a 1 a\u00f1o y multas de 2 salarios y con esa misma pena ser\u00e1 sancionado cualquier persona que realice disparos al aire sin motivos justificados y de manera adicional la cancelaci\u00f3n de la licencia y la incautaci\u00f3n del arma.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Esta ley establece penas de 3 a 5 a\u00f1os y multas de 5 a 10 salarios a cualquier persona que cometa un delito andando en un veh\u00edculo blindado y esta pena es en adici\u00f3n a la pena principal por el crimen cometido y el decomiso del veh\u00edculo blindado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El presidente del Observatorio del Sistema de Justicia Dominicano, afirm\u00f3 que el proyecto de ley de armas, aprobado recientemente por la C\u00e1mara de Diputados en dos sesiones consecutivas, de ser convertido en ley, complicar\u00eda sobre manera la situaci\u00f3n jur\u00eddica del uso, el porte y la tenencia de armas cuyos derechos se perder\u00edan f\u00e1cilmente, por acci\u00f3n [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":51469,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5],"tags":[],"class_list":["post-51467","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/51467","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=51467"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/51467\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/51469"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=51467"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=51467"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=51467"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}