{"id":101664,"date":"2020-08-11T15:27:57","date_gmt":"2020-08-11T15:27:57","guid":{"rendered":"https:\/\/informativoaldia.com\/v2\/?p=101664"},"modified":"2020-08-11T15:27:57","modified_gmt":"2020-08-11T15:27:57","slug":"consultor-juridico-del-poder-ejecutivo-explica-proceso-que-dio-lugar-al-decreto-270-20","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/informativoaldia.com\/?p=101664","title":{"rendered":"Consultor jur\u00eddico del Poder Ejecutivo explica proceso que dio lugar al decreto 270-20"},"content":{"rendered":"<p>El consultor jur\u00eddico del Poder Ejecutivo, Flavio Dar\u00edo Espinal, explic\u00f3 de manera detallada las fases agotadas en la emisi\u00f3n del decreto 270-20, que aprueba el Aeropuerto Internacional de B\u00e1varo, y el papel que jug\u00f3 la instituci\u00f3n que dirige.<\/p>\n<p>\u201cAnte la solicitud que el 31 de octubre de 2019 someti\u00f3 el Grupo ABRISA y la empresa Aeropuerto Internacional de B\u00e1varo (AIB) a la Comisi\u00f3n Aeroportuaria, esta emiti\u00f3 la Resoluci\u00f3n n\u00fam. 6796, del 23 de enero de 2020, mediante la cual otorg\u00f3 su no objeci\u00f3n al desarrollo, construcci\u00f3n y explotaci\u00f3n econ\u00f3mica del proyecto de Aeropuerto Internacional de B\u00e1varo, cuya inversi\u00f3n y costo total ser\u00e1 responsabilidad exclusiva de las referidas entidades privadas\u201d.<\/p>\n<p>Flavio Dar\u00edo Espinal se\u00f1al\u00f3 que el 29 de enero de 2020, mediante el oficio n\u00famero 0000072, la Comisi\u00f3n Aeroportuaria remiti\u00f3 al Poder Ejecutivo, para su consideraci\u00f3n, la referida resoluci\u00f3n a fin de que, si lo considerase pertinente, procediese a aprobar el establecimiento de dicho proyecto de aeropuerto en virtud de la potestad que le otorga el literal r del art\u00edculo 26 de la Ley 491-06 de Aviaci\u00f3n Civil de la Rep\u00fablica Dominicana.<\/p>\n<p>Asimismo, \u201cinstruir la suscripci\u00f3n de un contrato entre el Estado dominicano y el referido grupo empresarial en los mismos t\u00e9rminos y condiciones que los contratos formalizados con las dem\u00e1s empresas operadoras de aeropuertos internacionales de propiedad privada en el pa\u00eds, los cuales son el Aeropuerto Internacional del Cibao, el Aeropuerto Internacional de La Romana y el Aeropuerto Internacional de Punta Cana\u201d.<\/p>\n<p>\u201cDado el car\u00e1cter altamente especializado de esta materia, integr\u00e9 un equipo de abogados de la Consultor\u00eda Jur\u00eddica del Poder Ejecutivo, encabezado por un servidor, para realizar un estudio tanto hist\u00f3rico como legal sobre el r\u00e9gimen aeroportuario del pa\u00eds de modo que, llegado el momento, la Consultor\u00eda Jur\u00eddica estuviese en condiciones de orientar, desde el punto de vista legal, la decisi\u00f3n que eventualmente pudiese tomar el presidente de la Rep\u00fablica en virtud de sus potestades constitucionales y legales\u201d.<\/p>\n<p>Afirm\u00f3 que, paralelamente, el 19 de mayo de 2020, mediante el oficio n\u00fam. 0235, el Poder Ejecutivo solicit\u00f3 al Instituto Dominicano de Aviaci\u00f3n Civil (IDAC), en su condici\u00f3n de ente especializado en garantizar la seguridad operacional de la aviaci\u00f3n civil en el pa\u00eds, un informe t\u00e9cnico sobre el proyecto de Aeropuerto Internacional de B\u00e1varo para edificarse en su toma de decisi\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cAunque la ley no dispone de manera expresa que el Poder Ejecutivo debe solicitar dicho informe previo a emitir su aprobaci\u00f3n, este consider\u00f3 id\u00f3neo y una buena pr\u00e1ctica administrativa requerirlo para sustentar cualquier decisi\u00f3n que pudiese resultar de este proceso\u201d, manifest\u00f3.<\/p>\n<p>Dijo que el 2 de julio de 2020, mediante el oficio n\u00fam. 1913, el IDAC comunic\u00f3 al Poder Ejecutivo que, de conformidad con los estudios realizados por sus \u00e1reas t\u00e9cnicas para determinar la viabilidad t\u00e9cnico-operacional del proyecto Aeropuerto Internacional de B\u00e1varo, este \u201cresulta, en principio, viable y factible t\u00e9cnicamente\u201d, por lo que recomienda al Poder Ejecutivo \u201caprobar la construcci\u00f3n de dicho aeropuerto\u201d.<\/p>\n<p>\u201cMientras este proceso se llevaba a cabo, el equipo de la Consultor\u00eda Jur\u00eddica del Poder Ejecutivo concluy\u00f3 su estudio y opini\u00f3n legal el 10 de julio de 2020\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEs decir, a partir de esta fecha, luego de un cuidadoso proceso de investigaci\u00f3n y an\u00e1lisis, es que la Consultor\u00eda Jur\u00eddica estuvo en condiciones de prestar, debidamente edificada, su asistencia legal al presidente de la Rep\u00fablica en su toma de decisi\u00f3n sobre esta solicitud\u201d.<\/p>\n<p>Explic\u00f3 que la opini\u00f3n legal comprende, entre otros aspectos, una descripci\u00f3n hist\u00f3rica de los hechos, instrumentos legales y contratos que intervinieron en la aprobaci\u00f3n de cada aeropuerto del pa\u00eds; y una explicaci\u00f3n de los dos modelos de aeropuertos vigentes, uno p\u00fablico pero concesionado y otro estrictamente privado.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, un an\u00e1lisis de las disposiciones legales relativas al r\u00e9gimen de concesiones de la Ley n\u00fam. 340-06 \u2013ya derogadas- as\u00ed como del nuevo r\u00e9gimen de alianzas p\u00fablico-privadas de la Ley n\u00fam. 47-20; y un ejercicio de distinci\u00f3n, primero, entre el r\u00e9gimen de concesi\u00f3n y el r\u00e9gimen de aprobaci\u00f3n\/autorizaci\u00f3n concerniente a aeropuertos privados y, segundo, entre la aprobaci\u00f3n a cargo del Poder Ejecutivo y la autorizaci\u00f3n a cargo del IDAC.<\/p>\n<p>Indic\u00f3 que la opini\u00f3n comprendi\u00f3, adem\u00e1s, \u201cuna discusi\u00f3n sobre las normas constitucionales y legales relativas a la competencia y la iniciativa privada en materia aeroportuaria seg\u00fan la configuraci\u00f3n hist\u00f3rica de los dos modelos de aeropuertos vigentes en el pa\u00eds\u201d.<\/p>\n<p>Destac\u00f3 que de este an\u00e1lisis jur\u00eddico se derivaron principalmente las siguientes conclusiones:<\/p>\n<p>\u00b7El proyecto Aeropuerto Internacional de B\u00e1varo, en tanto iniciativa estrictamente privada, se categoriza como aeropuerto privado al igual que los aeropuertos de\u00a0 \u00a0Punta Cana, La Romana y Santiago, por lo que se le aplica el denominado \u201cmodelo autorizatorio\u201d.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 26 de la Ley n\u00fam. 491-06, de Aviaci\u00f3n Civil, dispone el marco legal aplicable a dicho modelo, el cual consiste en la aprobaci\u00f3n previa del Poder Ejecutivo y la posterior autorizaci\u00f3n y fiscalizaci\u00f3n por parte del IDAC.<\/p>\n<p>Luego de recibir los informes t\u00e9cnicos y recomendaciones de los \u00f3rganos especializados del sector aeron\u00e1utico, no existir\u00eda impedimento legal para que el Poder Ejecutivo aprobase, de manera previa, el desarrollo, construcci\u00f3n, operaci\u00f3n y explotaci\u00f3n econ\u00f3mica de dicho proyecto.<\/p>\n<p>Detall\u00f3 que la referida opini\u00f3n legal, que refleja la posici\u00f3n de la Consultor\u00eda Jur\u00eddica, est\u00e1 firmada por Nelson Arriaga, abogado ayudante de la Consultor\u00eda Jur\u00eddica; Jimena Conde Jimini\u00e1n, subconsultora jur\u00eddica, y \u00e9l (Flavio Dar\u00edo Espinal), en calidad de consultor jur\u00eddico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Precis\u00f3 que tambi\u00e9n contribuyeron puntualmente Wilson Mart\u00ednez y Noel Sued, ambos abogados de la Consultor\u00eda Jur\u00eddica del Poder Ejecutivo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El consultor jur\u00eddico del Poder Ejecutivo, Flavio Dar\u00edo Espinal, explic\u00f3 de manera detallada las fases agotadas en la emisi\u00f3n del decreto 270-20, que aprueba el Aeropuerto Internacional de B\u00e1varo, y el papel que jug\u00f3 la instituci\u00f3n que dirige. \u201cAnte la solicitud que el 31 de octubre de 2019 someti\u00f3 el Grupo ABRISA y la empresa [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":101665,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[13,5],"tags":[],"class_list":["post-101664","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas","category-nacionales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/101664","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=101664"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/101664\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/101665"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=101664"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=101664"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/informativoaldia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=101664"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}